El despido nulo en el Perú

El despido nulo es un tema que merece una atención urgente en el contexto laboral peruano. Esta figura jurídica, que busca proteger a trabajadores de despidos injustificados y motivados por causas ilegales, se ha vuelto un punto crítico en la defensa de los derechos laborales en el país. Sin embargo, a pesar de su reconocimiento en la legislación, su aplicación efectiva sigue siendo un desafío que requiere un enfoque renovado y una mayor sensibilización.

El despido nulo se encuentra regulado dentro del ART. 29 DEL TEXTO UNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO 728 LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL que prescribe lo siguiente: “es nulo el despido que tenga por motivo: a) La afiliación a un sindicato o la participación en actividades sindicales; b) Ser candidato a representante de los trabajadores o actuar o haber actuado en esa calidad; c) Presentar una queja o participar en un proceso contra el empleador ante las autoridades competentes, salvo que configure la falta grave contemplada en el inciso f) del Artículo 25; d) La discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma, discapacidad o de cualquier otra índole; e) El embarazo, si el despido se produce en cualquier momento del período de gestación o dentro de los 90 (noventa) días posteriores al parto. Se presume que el despido tiene por motivo el embarazo, si el empleador no acredita en este caso la existencia de causa justa para despedir.”.

La nulidad de los despidos son muy regulares en la práctica judicial, debido a que sucede muy a menudo por ejemplo que se despida a una trabajadora por encontrarse en proceso de gestación, ello sucede porque el empleador va tener que asumir responsabilidades económicas, sociales y laborales con su trabajadora por su propio estado, por lo cual muchos empleadores optan por recurrir al despido como decisión unilateral de poner fin al vínculo laboral resultando más simple despedirla y privarla de sus derechos, allí interviene el derecho laboral como derecho protector de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, siendo así que este trae como consecuencia la reposición a su centro de labores con la misma remuneración y en el mismo puesto de trabajo, además de ello una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el despido.

Este tipo de despido también se ve muy frecuentemente dentro de la actividad sindical, tanto de las empresas en el sector privado como de los sindicatos en el sector público, en donde los trabajadores que asumen cargos de dirección dentro de los sindicatos de trabajadores son despedidos por el simple hecho de ejercer su derecho a la libertad sindical, en estos casos, también procede solicitar la nulidad de dicho despido, lo que va acarrear de la misma forma que en el caso anterior una reposición a su centro de labores y además de ello una indemnización por los daos y perjuicios sufridos. 

A pesar de estos desafíos, el despido nulo puede ser visto como una herramienta poderosa para la defensa de los derechos laborales. En un país donde la desigualdad y la discriminación aún persisten, contar con mecanismos que protejan a los trabajadores es esencial. La reinstalación de un trabajador despedido de manera nula no solo beneficia a la persona afectada, sino que también envía un mensaje claro sobre la importancia de la justicia laboral y la necesidad de un entorno de trabajo respetuoso y seguro.

En conclusión, el despido nulo en Perú es un tema que merece un análisis profundo y una discusión amplia. La protección de los derechos laborales no solo es una cuestión de justicia social, sino que también es un pilar fundamental para el desarrollo sostenible del país. La promoción de un entorno laboral justo y equitativo requiere esfuerzos concertados entre el Estado, los empleadores y los trabajadores. Solo así se podrá avanzar hacia un mercado laboral más justo, donde la dignidad y los derechos de todos sean respetados y promovidos.

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