El interés superior del niño y sus límites

El Principio del Interés Superior del Niño, enunciado por el artículo 3º de la Convención sobre los derechos del niño adoptada en el seno de la asamblea general de las naciones unidas el 20 de noviembre de 1989 y recogido por el artículo IX del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes peruano, prescribe que todas las medidas concernientes a los “niños” a ser adoptadas por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos deben tener como suprema consideración su “interés superior”. En ese sentido, todas las decisiones de los operadores de justicia, en cualquiera de sus instancias deben tener como principal sustento dicho interés superior, muy por encima del interés de los padres o de cualquier otra índole.

Cabe resaltar, que el principio del interés superior del niño debe ser la base y pilar para fundamentar cualquier decisión jurisdiccional con respecto a un menor de edad, sin embargo, no debemos de permitir que la sola mención de tal principio genere arbitrariedad, mucho menos que tal principio se convierta en una sola enunciación sin sustento y sin fundamento sólido. Es por ello que la tarea de los operadores de justicia es clave, debe ser humana y fundarse en indicadores reales y solidos que traigan consigo el velar por el bienestar de las familias en sentido general. 

En ese orden de ideas, el artículo X del título preliminar del código del niño y del adolescente precisa que la razón de ser de la norma es que el juzgador vaya más allá de la aplicación de la ley, toda vez que de por medio se encuentran seres humanos que directa e indirectamente sufren consecuencias del enfrentamiento familiar, es por ello que existe la necesidad de que la controversia se funde, además de lo que resulte más beneficioso para el niño, en la necesidad de que este se desarrolle dentro de la calidez del seno familiar y de esta forma construya relaciones interpersonales fructíferas tanto con el padre como con la madre, y de esta forma se logre el desarrollo integral del menor.

Es por ello que dentro de los procesos de familia la corte suprema de la república ha establecido que debe existir una marcada flexibilización respecto de las normas estrictas o trabas que pueden existir al momento de administrar justicia.

Ahora, constitucionalmente nuestra carta magna brinda especial protección a un sector determinado, conforme lo prescribe el artículo 4 de nuestra constitución de 1993: “la comunidad y el estado protege especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protege a la familia y promueve el matrimonio. Reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad”, lo que principalmente se determina con esta norma es el rol preponderante del estado y de las instituciones privadas respecto de la protección de los derechos fundamentales de los sujetos a los cuales brinda una especial protección. 

En consecuencia y a manera de conclusión, el estado cumple un rol fundamental dentro de la protección del interés superior del niño, ya que a través de su sistema de justicia, vale decir de sus operadores de justicia, debe hacer prevalecer y fortalecer las familias, las relaciones interpersonales entre los padres y de esta forma velar por el completo desarrollo de nuestros infantes y adolescentes, sembrando en ellos bases sólidas de respeto, empatía y que sean insertados en nuestra sociedad como personas productivas. Para cerrar la idea y en términos sencillos, lo que debe prevalecer dentro de todo proceso judicial en el que se encuentre involucrado un niño debe ser lo que más beneficie a la parte más débil y sensible de la problemática (el niño) evitando el uso excesivo del instrumento procesal.

Tambien te puede interesar

Buscar

¿Deseas contactarnos?

Llámanos

Atendemos llamadas en el siguiente horario:

Lun. – Vie. 8:00 am – 5:00 pm

Sábados 9:00 am – 1:00 pm

Déjanos un mensaje

Llena todos los campos del formulario, escribe tu mensaje y nos contactaremos contigo a la brevedad posible.